Las ayudas urgentes convocadas por la Generalitat están dirigidas a paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por la riada
EL Ayuntamiento de Bigastro informa de que se han publicado las ayudas aprobadas por la Generalitat Valenciana y el Gobierno de España dirigidas a los afectados por la gota fría.
Con la voluntad de facilitar la tramitación de las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros a los vecinos de Bigastro afectados, el Ayuntamiento de Bigastro ta puso en marcha una Servicio de Atención al Ciudadano, desde el pasado lunes 16 de septiembre, en el que se han atendido a cientos de vecinos de Bigastro y otras localidades.
Para la tramitación de las Ayudas aprobadas por la GVA, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVRSE 112-GVA), ha solicitado la colaboración de este Ayuntamiento, para lo cual se ha habilitado esta misma mañana, la Oficina de Turismo Municipal como Oficina de Coordinación de la Emergencia (OCE) en la que dos técnicos de TRAGSA-TEC serán los encargados de tramitar dichas ayudas. Esta oficina se encuentra en el propio ayuntamiento, en la Plaza de la Constitución, 1 – Planta Baja, y tiene un horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
La alcaldesa, Teresa Belmonte, ha querido transmitir tranquilidad a las personas afectadas, pues asegura que “seguiremos reclamando a las administraciones correspondientes que las indemnizaciones y ayudas se tramiten y abonen con la mayor celeridad para poder restablecer lo antes posible la normalidad en la vida cotidiana de nuestros vecinos”.
Las ayudas urgentes convocadas por la Generalitat están dirigidas a paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por la riada. La cuantía de la ayuda individualizada ascenderá a un máximo de 4.500 euros por vivienda, cuyo importe definitivo se determinará en función de los daños sufridos por los bienes y enseres, y del cual se anticipará, por razones de emergencia, un total de 1.500,00 euros.
Se podrán beneficiar de las mismas aquellas personas físicas que tienen a su disposición, por un título jurídico habilitante, una vivienda cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por la DANA acaecida en septiembre de 2019.
El plazo de presentación de los requisitos será de 15 días hábiles desde la publicación en el DOGV (que se publicó el día 20 de septiembre, por lo que el plazo es hasta el 11 de octubre inclusive).
Toda la documentación, debidamente cumplimentada y firmada, deberá presentarse en el Ayuntamiento (también estarán los modelos ANEXO II y III a disposición de la ciudadana).
En cuanto a la documentación que se requiere:
a) Título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda.
b) Declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada, así como declaración de conformidad con las presentes bases reguladoras, todo ello mediante la cumplimentación del modelo que se incluye en el ANEXO II del presente decreto.
c) Modelo de domiciliación bancaria (ANEXO III) cumplimentado y firmado por la persona solicitante.
ENLACE AL DECRETO:
http://www.dogv.gva.es/datos/2019/09/20/pdf/2019_8958.pdf
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