Universidades convoca las ayudas para el transporte de estudiantes universitarios

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Se trata de facilitar el acceso a la Universidad a estudiantes que residan en poblaciones alejadas de los centros universitarios con hasta 400 euros de subvención

La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la convocatoria de subvenciones al transporte universitario en la Comunidad Valenciana realizado durante el curso 2019-20.

Estas ayudas, que cuentan con un importe máximo de 400.000 euros, tienen como finalidad facilitar el acceso a la universidad a los y las estudiantes que residan en poblaciones alejadas de los centros universitarios donde cursan sus estudios,

El objetivo es limitar el impacto de este tipo de gastos en las economías familiares y, al mismo tiempo, garantizar la igualdad de acceso a las enseñanzas universitarias, con independencia del lugar de residencia.

Pueden optar a estas ayudas las asociaciones de estudiantes universitarios, las cooperativas de personas consumidoras y usuarias cuyo objeto sea el transporte de alumnado universitario, los ayuntamientos y, subsidiariamente, para aquellas rutas donde no concurran alguna de estas entidades, las empresas de transporte público regular permanente de uso general.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La tramitación y presentación se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la Generalitat Valenciana, accesible en la dirección web consultar aquí.

Sin embargo, la tramitación de las solicitudes queda suspendida en virtud de lo dispuesto real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Por tanto, las solicitudes y documentos que se remitan electrónicamente durante el periodo de suspensión del plazo, se tramitarán en el momento en el cual se retome el cómputo del mismo, que se reanudará en el momento cuando pierda la vigencia el real decreto y las prórrogas del mismo.

Así, se considerará con carácter general como fecha de registro de entrada, el primer día hábil después del alzamiento de la suspensión.

Entre los requisitos que se establece para que las entidades puedan beneficiarse de la ayuda figura que la distancia entre el centro universitario y la población desde la que se preste el servicio no será inferior a 20 kilómetros ni superior a 90 kilómetros.

Además, el tiempo de duración del trayecto no puede ser superior a 90 minutos y el servicio debe prestarse en períodos lectivos del curso académico 2019-2020. Asimismo, los horarios deben ajustarse a los de la jornada lectiva y el punto de destino y el de origen del retorno será el correspondiente campus universitario.

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