Afecta a tratamientos crónicos planificados para periodos de 180 o más días cuya finalización vaya a acontecer antes del 30 de noviembre de 2020
La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, a través de una resolución, va a prolongar temporalmente (por dos meses) la vigencia de los tratamientos crónicos planificados próximos a su finalización de los y las pacientes en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Con ello, la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública pretende facilitar la labor de revisión de los profesionales, anticipando los trámites administrativos, así como favorecer la continuidad de los tratamientos crónicos establecidos, evitando que la salud de las personas enfermas se vea comprometida por la finalización de las recetas de medicamentos ya instaurados, sin menoscabo del necesario control y responsabilidad del personal facultativo para iniciar, continuar o suspender tratamientos farmacológicos y generar sus respectivas recetas.
Esta medida responde al actual contexto sanitario (medidas necesarias establecidas de distanciamiento social, modificación de visitas presenciales y telemáticas, así como mayor carga y responsabilidad asistencial) que, ocasionalmente, pueden generar dificultades para realizar las actividades sanitarias habituales de control y seguimiento de los pacientes de cada cupo.
Entre estas actividades se encuentra la renovación de los tratamientos farmacológicos en el contexto de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud. El sistema de receta electrónica permite la prescripción de tratamientos crónicos mediante una planificación temporal, cuyo plazo máximo es de 365 días. Cuando se supera la fecha final, la planificación debe ser nuevamente activada para generar nuevas recetas u órdenes de dispensación así como sus correspondientes dispensaciones.
Afecta a tratamientos crónicos planificados para periodos iguales o superiores a 180 días cuya finalización vaya a acontecer antes del 30 de noviembre de 2020. Se aplica igualmente a los tratamientos que requieren visado, que se actualizará automáticamente.
No se aplica a los tratamientos temporales o limitados de duración inferior a 180 días ni a tratamientos agudos. No se aplica a los medicamentos estupefacientes, fórmulas magistrales ni a tratamientos de administración única trimestral o semestral. Tampoco afecta a tratamientos cuya duración máxima permitida esté establecida en su ficha técnica.
Con independencia de la prolongación de la vigencia de los tratamientos crónicos, el personal médico responsable de cada paciente velará por el adecuado control y seguimiento, incluyendo la revisión y decisión sobre la farmacoterapia.
La resolución tendrá efectos desde el día de su publicación y mantendrá la eficacia durante un periodo de tres meses.
Casi un millón de personas con tratamientos prolongados en el estado de alarma
Durante el estado de alarma, en el que se requería el confinamiento de la población y se limitaron al máximo los contactos presenciales de la ciudadanía con los centros sanitarios, se habilitaron procedimientos de teleasistencia y se ejecutaron dos prolongaciones puntuales de la vigencia de los tratamientos para favorecer los objetivos sanitarios y epidemiológicos del confinamiento social. Dichas actuaciones han contado con la aceptación de los y las profesionales y la sociedad y han favorecido a 987.192 personas.
De acuerdo con la información contenida en el sistema de información que gestiona la prestación farmacéutica en la Comunidad Valenciana (GAIA), durante el mes de octubre de 2020 se prevé que 335.316 pacientes requieran la renovación de alguno de sus tratamientos crónicos (finalizarán un total de 790.345 líneas de tratamientos que deberán ser renovadas en su mayor parte). En noviembre afectará a 364.909 personas y «caducarán» 882.129 líneas de tratamientos crónicos prescritos.
El aumento de vigencia de estos tratamientos crónicos permitirá evitar su discontinuación automática (sin mediar una decisión médica), así como reducir más de 330.000 contactos mensuales en los centros sanitarios de la Comunidad Valenciana, liberando de esta manera recursos para favorecer todas las funciones y actividades que la medicina familiar y comunitaria tiene asignadas.
A tal efecto, desde septiembre y a través de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública facilita mensualmente a los departamentos de salud, para que sea adecuadamente distribuido y gestionado hasta nivel de cupo, el listado de pacientes que van a requerir la renovación de sus tratamientos crónicos, de forma que se pueda anticipar la necesidad de las personas enfermas y priorizar las actuaciones médicas, entre las que se incluye la prescripción, mantenimiento o suspensión de medicamentos.
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