Barceló: «Más de 43.000 trabajadores verán incrementado su salario tras regular mediante decreto el derecho a percibir este complemento»
La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, tras reunirse con el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, ha informado a los representantes de los sindicatos CESMCV, UGT, CCOO, SATSE, CSIF, y Confederación Intersindical Valenciana sobre los tres decretos que aprobará en breve el Consell y que está previsto entren en vigor el próximo 15 de septiembre, y que regulan la carrera y desarrollo profesional del personal dependiente de la Conselleria de Sanidad.
Se trata de tres decretos que vienen a mejorar las condiciones de los trabajadores y trabajadoras. En concreto, regulan el derecho a percibir el complemento por desarrollo profesional en el caso del personal estatutario (temporales interinos y fijos), y la carrera profesional del personal de profesión sanitaria y el personal de Salud Pública.
Según ha señalado Barceló, «esta normativa va a mejorar las condiciones laborales de estos profesionales. En concreto, van a ser 43.108 trabajadores y tragbajadoras lo que verán incrementado su salario tras regular mediante decreto el derecho a percibir este complemento».
De esos 43.108 profesionales, 22.155 es personal temporal interino y 20.953 es personal fijo. La consellera de Sanidad ha declarado que «los profesionales de la sanidad valenciana han demostrado constantemente su implicación y profesionalidad por hacer que nuestro sistema sea referente», por lo que «se hace justicia con el desbloqueo de una situación que se arrastra desde hace más de una década», ha añadido.
Para ello, la Conselleria de Sanidad va a incrementar en 120 millones el gasto anual destinado al pago de la carrera profesional, que supondrá un total de 296.233.581 euros frente a los 176.356.124 euros actuales con los decretos que están vigentes en estos momentos.
Con estos tres decretos se pretende articular de una manera más efectiva y simplificada el reconocimiento de los y las profesionales de la Conselleria de Sanidad, de manera que perciban dentro de su salario aquel complemento que refleje todo el esfuerzo que realizan en mejorar y perfeccionar, tanto su formación como el desempeño de sus funciones laborales e implicación con el sistema de salud.
Equiparación de condiciones para personal temporal interino y fijo
Uno de los aspectos que se va a regular con la entrada en vigor de los nuevos decretos es la equiparación en igualdad de condiciones del abono del complemento correspondiente que reciben el personal temporal interino y el personal fijo.
De esta manera, el personal temporal interino tendrá derecho a solicitar la evaluación de sus servicios en las mismas condiciones que el personal fijo, al efecto de percibir el complemento retributivo inherente al grado de carrera que le corresponda.
Además, se van a computar los servicios prestados en puestos incluidos en distintas categorías y grupos de clasificación, de manera que el profesional podrá mejorar su desarrollo o carrera profesional habiendo trabajado en los distintos puestos.
Desde la implantación de la carrera profesional ha sido necesaria abordar la situación en la que se encontraba el profesional en los supuestos de un cambio de categoría profesional, y más cuando implicaba un cambio en la profesión sanitaria o en el grupo de clasificación.
Por ello, con el fin de evitar perjuicios en el sistema de carrera profesional y velando por el derecho del trabajador a acceder a la promoción profesional, estos nuevos decretos permiten valorar todos los servicios prestados, mientras hasta ahora los servicios prestados en cada grupo de titulación eran estancos, y no servían para ser considerados en otro distinto.
La nueva normativa también recoge una simplificación de los órganos de evaluación. De hecho, se van a eliminar los órganos que se consideren innecesarios con el fin de reducir su composición, para que se pueda normalizar la aplicación del sistema de evaluación en todas las áreas.
Personal procedente de otros sistemas de carrera o administraciones
Finalmente, otro de los aspectos que se regula es el reconocimiento y pago de grados de carrera profesional a personal procedente de otros sistemas de carrera del personal gestionado por la Conselleria de Sanidad, así como de otros sectores de la Administración de la Generalitat o de otras administraciones públicas. De hecho, hasta ahora ese reconocimiento solo se realizaba respecto a la carrera profesional obtenida en los demás servicios de salud del Sistema Nacional Salud.
Deja tu comentario