Multas de hasta 500.000 euros a quienes incumplan la nueva Ordenanza de Aseo Urbano de Torrevieja

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El nuevo documento contempla infracciones leves, graves y muy graves

La concejal de Aseo Urbano, María José Ruiz, informa que el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publicó ayer la aprobación definitiva de la nueva Ordenanza de Aseo Urbano del Ayuntamiento de Torrevieja. Hoy miércoles, 14 de agosto, entra en vigor esta ordenanza adaptándose a la nueva ley 7/2022 de Residuos y Suelos contaminados para una economía circular y con el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR), aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente el 06/11/2015 que establece unos objetivos medioambientales y de reciclaje acordes con los objetivos marcados por la Unión Europea:

– Reducir prácticamente a cero el vertido de residuos municipales sin tratar en vertederos.

– Limitación del vertido total de residuos municipales

Todas las normativas tanto autonómicas como estatales establecen orientaciones para conseguir esos objetivos, tales como:

– Implantación progresiva de los bioresiduos.

– Potenciar el reciclaje de envases, papel-cartón, plástico, vidrio y metal.

– Potenciar el tratamiento de los residuos mediante valorización energética.

– Desarrollo y aplicación de instrumentos económicos, para incentivar la jerarquía de residuos.

Para dar cumplimento con todo lo anterior y para actualizar y mejorar la Ordenanza existente se hacía imprescindible la aprobación de una nueva ordenanza totalmente actualizada.

Esta nueva ordenanza Establece 5 títulos, una disposición derogatoria y 2 disposiciones finales:

Título I. Disposiciones generales, donde se recogen el objeto y ámbito de aplicación, las definiciones, las competencias locales, obligaciones de los ciudadanos y las prohibiciones.

En su ARTÍCULO 5 entre las obligaciones generales de los ciudadanos:

– Sacar los residuos a la vía pública para su recogida por el servicio municipal en las horas y lugares establecidos. En este sentido, la basura orgánica y resto deberá ser sacada a partir de las 20:00 y hasta las 23:00 horas, y siempre en bolsas cerradas.

– Avisar al ayuntamiento o a los agentes de la autoridad de la existencia de residuos abandonados en la vía pública o espacios públicos, tales como vehículos abandonados, muebles, animales muertos, residuos de construcción y demolición, etc.

– Pago de la tasa

– Prevenir la generación de residuos con la reutilización de los productos.

– Depositar en las papeleras los residuos de pequeño volumen.

– Utilizar el servicio de recogida domiciliaria o el ecoparque para ciertos residuos de gran tamaño así como los peligrosos.

En su ARTÍCULO 6 establecen las prohibiciones:

– Arrojar o abandonar residuos en la vía pública o en el exterior de la papelera o contenedores, arrojarlos en el contenedor que no corresponde, manipular o desplazar contenedores o su contenido. Dibujar, grafitear o dañar contenedores y papeleras, depositar la basura fuera de hora o sin bolsa, arrojar poda, escombro, aceite u otro residuo peligroso, debiendo llamar al servicio ordinario o depositarlo en el Ecoparque.

Título II. Servicio de Recogida, distinguiendo entre servicio ordinario y especial, siendo común la separación por los ciudadanos en distintas fracciones para favorecer el reciclaje.

Título III. Específico para los ecoparques municipales fijo y móviles.

Título IV. Condiciones para llevar a cabo la limpieza viaria de las vías públicas y sus especificaciones.

Título V. Inspección y Sanción incorporándose ambas potestades en la Ley 7/2022 de 8/04.

 

María José Ruiz informa que este apartado debía de ser modificado para adaptar las sanciones y poder así hacer la encomienda a SUMA para dar más facilidad y agilidad a las sanciones, tanto administrativamente para su cobro como a los agentes para su imposición. Ya se está trabajando en ello, una vez entrada en vigor la nueva ordenanza.

La edil de Aseo Urbano espera que pronto empiece a funcionar y, sobre todo, a solucionar una gran problemática en nuestra ciudad. Para ello se llevará a cabo una gran campaña informativa tanto a los sectores productivos de Torrevieja como a los ciudadanos para que sean conocedores de ella y, posteriormente, se iniciará una campaña en la calle de control para su debido cumplimiento.

Las sanciones están clasificadas en Leves, con multas de 150 a 750 euros, Graves desde 1.500 y Muy Graves de hasta 500.000.

ALGUNAS SANCIONES QUE CONTEMPLA LA NUEVA ORDENANZA:

INFRACCIONES LEVES:

– Depositar los residuos sin bolsa hermética. Leve desde 150 €.

– Incumplir horarios depósito de residuos.  Leve desde 150 €.

– Depositar pequeños residuos fuera de las papeleras instaladas al efecto en los espacios públicos, tales como papeles, chicles, colillas, caramelos, cáscaras y desperdicios similares. Leve desde 150 €.

– Utilizar los contenedores o papeleras para usos y fines distintos a los previstos en la presente Ordenanza. Leve desde 150 €.

– Dejar los cartones del servicio puerta a puerta sin el correspondiente cortado y plegado correcto para su recogida. Leve desde 200 euros €.

– La falta de limpieza, desinfección o desratización de las parcelas, calles, propiedades o solares de titularidad privada. Leve desde 500 €.

– Realizar pintadas o inscripciones o disponer pegatinas no autorizadas en fachadas, muros, paredes, vallas o mobiliario urbano no autorizadas. Leve desde 300 €.

– Abandonar en la vía pública mayor cantidad de enseres y voluminosos de la prevista en esta Ordenanza o en el aviso previo, o no avisar de su evacuación. Leve desde 750 €.

– Abandonar en la vía pública grandes cantidades de poda sin aviso previo o sin utilizar los contenedores correspondientes. Leve desde 750 €.

INFRACCIONES GRAVES:

– Provocar roturas o desperfectos en contenedores o cualquiera de sus elementos y papeleras. Grave desde 1.500 €.

– Generar grandes cantidades de papel-cartón y no solicitar el servicio puerta a puerta. Grave desde 5.000€.

– No recoger los excrementos de los animales o no diluir los orines con líquidos, sprays o producto adecuado para la eliminación del olor y las manchas, por parte de su propietario o portador. Grave desde 1.500 €.

INFRACCIONES MUY GRAVES:

-El abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos cuando se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente, incluso líquidos. Muy grave de 250.000 a 500.000€.

-Entregar, vender o ceder residuos peligrosos a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en la ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular y en la presente Ordenanza, así como la aceptación de dichos residuos en condiciones distintas a las previstas. Muy grave de 250.000 a 500.000 €.

-Proporcionar al Ayuntamiento documentación falsa respecto a la gestión de los residuos, o no aportarla en absoluto, siempre que haya supuesto peligro grave o daño a la salud de las personas, se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o cuando la actividad tenga lugar en espacios protegidos. Muy grave de 1.500 a 3.000€.

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