Los consejeros de Orihuela Cultural cesados se defienden de los argumentos expuestos por el Gobierno local para justificar su destitución

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Aitor L. Larrabide, María Espinosa Martínez y Juan José Sánchez Balaguer fueron relevados este miércoles del Consejo de Administración de la Sociedad Municipal Orihuela Cultural

En la tarde de ayer se conocía el cese de los tres consejeros independientes de Orihuela Cultural, Aitor L. Larrabide, María Espinosa Martínez y Juan José Sánchez Balaguer, como miembros del Consejo de Administración de la sociedad. Esta decisión fue tomada por la Junta de Gobierno Local este martes, 14 de mayo, y, entre las causas de su relevo, se argumentan “limitaciones en el funcionamiento diario” y “la imposibilidad del buen hacer de la entidad”.

Por ello, los tres consejeros independientes han emitido un comunicado conjunto para desmentir estos argumentos y «aclarar la situación ante la opinión pública» y, además, ayer recibieron públicamente el respaldo de los grupos de la oposición.

Los nuevos consejeros serán Joaquín Marzá, Pilar Fabregat, número 12 del Partido Popular en las elecciones de mayo de 2023, y María Pilar Cases, número 17 de VOX.

 

Comunicado íntegro:

Recibimos en el día de ayer notificación de la Alcaldía de Orihuela en la que se nos comunica el acuerdo adoptado en sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local el 14 de mayo de 2024 por el que se dispone nuestro relevo como vocales del Consejo de Administración de la Sociedad Municipal Orihuela Cultural S. L. A la vista de los torticeros y difamatorios argumentos utilizados para justificar nuestro cese, debemos aclarar ante la opinión pública:
1.- De los “desencuentros” o “limitaciones en el funcionamiento diario” de la Sociedad Municipal en modo alguno puede responsabilizarse a nosotros que, desde el primer momento, hemos tratado de establecer un cauce de comunicación con la Gerencia y miembros del equipo de gobierno, poniéndonos a disposición plena, para ayudar en las tareas de gestión, organización y programación; pero no hemos conseguido tal comunicación, ni se nos ha permitido aportar conocimiento y trabajo desinteresadamente.
2.- En modo alguno se nos puede responsabilizar de que “Orihuela Cultural sea objeto, diariamente de noticias negativas en los distintos medios de comunicación, afectando a la credibilidad y buen hacer de esta sociedad”. Las noticias publicadas reflejan una realidad que es consecuencia de las actuaciones de los responsables de ejecutar los acuerdos y son ellos mismos quienes ponen en entredicho dichas actuaciones con su manera de obviar, deliberadamente, las decisiones tomadas democráticamente en las reuniones del Consejo. Parece oportuno recordar aquí aquello que dice una de las viejas de Quevedo cuando, rebuscando en el muladar, encontró un espejo: “Arrojar la cara importa, que el espejo no hay por qué”.
3.- Rechazamos rotundamente que nuestra actuación haya sido “desorbitada” y que hayamos hecho “imposible el buen hacer de la entidad” hasta el extremo de impedir realizar “la tan necesaria programación cultural que requiere el municipio de Orihuela”. Justamente eso hemos intentado denodadamente desde el primer momento, como queda reflejado en las actas del Consejo: tratar de mejorar el funcionamiento de la Sociedad y conseguir una programación cultural adecuada a nuestro municipio, corrigiendo la mediocre programación que se nos presentaba a votación, cada trimestre de peor calidad. Menos todavía podemos admitir la cobardía de invocar una sentencia del Tribunal Supremo –cogida con pinzas- respecto a supuestos administradores desleales cuyo comportamiento pudiera lesionar los intereses de la Sociedad. ¿Quieren decir los miembros de la Junta de Gobierno que nosotros hemos cometido un delito de administración desleal? Pues si así fuera, deben decirlo claramente y, desde luego, no perder tiempo para ponerlo en conocimiento de los Tribunales. Pero la verdad es que este infundio, propio de la más despreciable bajeza moral, nada tiene que ver con nuestro cese. Sencillamente, porque nuestra actuación desde el primer momento ha sido impecable, haciendo propuestas de mejora muy necesarias y tratando de poner un poco de orden en el funcionamiento de ‘Orihuela Cultural’. Algunas de estas propuestas han sido votadas o aceptadas por la mayoría de miembros del Consejo y se ha hecho caso omiso de las mismas. Podemos citar, a título de ejemplo:
a) Tratar de que la Sociedad se ajustara a la legalidad en tanto en cuanto no ha venido cumpliéndose lo dispuesto en el art. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público sobre formalización de las encomiendas de gestión, y concretamente en el propio artículo 3 de los Estatutos de la Sociedad Orihuela Cultural, que establece: “La Sociedad vendrá obligada a realizar, de acuerdo con las instrucciones fijadas unilateralmente por el Ayuntamiento de Orihuela, los trabajos que éste le encargue por medio de la correspondiente encomienda de gestión (…) Serán de ejecución obligatoria para la Sociedad y se retribuirán por referencia a tarifas fijadas con criterio de suficiencia económico-financiera”. Desde el principio de nuestra actuación como consejeros, venimos reclamando el cumplimiento de la normativa porque entendemos que es la mejor manera de funcionar no solamente desde el punto de vista legal, sino para una buena actividad ordinaria; pero, lamentablemente, nos vamos sin conseguirlo.
b) Asegurar que las condiciones de seguridad y accesibilidad del Teatro Circo fueran las adecuadas. Tampoco se ha conseguido en su totalidad.
c) Tratar de conseguir una relación de la plantilla de la Sociedad con indicación del puesto de trabajo que cada persona desempeña. No ha habido respuesta.
d) Conocer la situación y funcionamiento de las bolsas de trabajo vigentes. Sin respuesta.
e) Aclarar la situación y condiciones de los trabajadores que prestan sus servicios en inmuebles ajenos a la Sociedad o al Ayuntamiento. Sin respuesta.
f) Colaborar activamente en proponer actividades y espectáculos para la programación del Teatro Circo. Sin respuesta.
g) Participar en la comisión de trabajo creada para la redacción del convenio colectivo de los trabajadores. Actualmente la tramitación del convenio está en suspenso.
h) Proponer mejoras en las condiciones laborales de los trabajadores. Sin respuesta.
i) Instar a la mejora de la publicidad de espectáculos programados ya que una inadecuada difusión ha dado lugar a cancelar espectáculos por falta de venta de entradas. No se ha llevado a cabo.
j) Propuesta de presentar a votación en el Consejo la programación trimestral, al menos un mes y medio antes del comienzo del trimestre para tener tiempo suficiente de reestructurarla y mejorarla en caso de no ser aprobada. No se ha cumplido.
k) Propuesta de ofrecer localidades gratuitas para personas vulnerables participantes de una u otra forma en proyectos sociales, tanto municipales como de otras entidades gestoras de acciones sociales. No se ha puesto en marcha.
4.- En la sesión del Consejo de Administración de Orihuela Cultural celebrada el 29 de diciembre de 2023, el consejero y concejal de Cultura, D. Gonzalo Montoya Alcocer, al conocer que uno de nosotros iba a abstenerse en la votación de la programación presentada para el siguiente trimestre, ostensible molesto, dijo textualmente: “No te hemos elegido nosotros para que hagas esto. Si no votas a favor, te revoco”. Lejos de ser rechazadas por algún miembro del equipo de gobierno, las palabras pronunciadas por el Sr. Montoya contra la libertad de criterio de un consejero -intento de coacción, intimidación, amenaza (o como cada cual quiera interpretar sus palabras)- son ratificadas ahora con esta decisión de cese, adoptada unánimemente por el alcalde y la Junta de Gobierno Local. En este triste episodio para los anales de la historia municipal, cada uno queda definitivamente posicionado en su sitio.
5.- El artículo 228 de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para mejora del gobierno corporativo, recoge las obligaciones básicas derivadas del deber de lealtad que obliga a los administradores de una sociedad, y en su apartado d) dice: “Desempeñar sus funciones bajo el principio de responsabilidad personal con libertad de criterio o juicio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros”. Esto es lo que hemos procurado hacer durante estos meses, máxime cuando nadie nos dijo al proponernos la incorporación al Consejo que ello conllevara acatar algún tipo de disciplina ideológica o cualquier otra propia de los partidos políticos o de las sectas. Por eso aceptamos el nombramiento: como un servicio más a Orihuela, ajenos al juego político y dispuestos a contribuir al mejor funcionamiento de esta Sociedad Pública Municipal, tarea que –ahora podemos ratificarlo- consideramos urgente e imprescindible. Durante nuestra actuación como consejeros, siempre hemos procurado conducirnos desde la ética del “reencuentro, en el momento de compartir la esperanza cierta, de que entre todos podemos conseguir que el mundo sea un poco mejor”, como decía el alcalde en su felicitación navideña.
En ningún caso, en ningún momento hemos bloqueado la programación cultural que se realiza en el Teatro Circo de Orihuela ni hemos impedido que se realicen actos culturales imprescindibles para la ciudad. Afirmar esto es faltar a la verdad y difamarnos a nosotros, consejeros que hemos puesto todo nuestro empeño en procurar que se hicieran las cosas bien por lo que se refiere a la gestión cultural de la ciudad, proclamando la necesidad de una programación de calidad, adecuada a la categoría de Orihuela. Entendíamos que ese era nuestro deber y el mandato que recibimos con nuestro nombramiento; y este objetivo es el que ha guiado nuestra conducta en conciencia, con honestidad, coherencia y transparencia.
6.- Finalmente, aunque para nosotros esto ya no tiene importancia a la vista de la experiencia, queremos señalar que el punto segundo del acuerdo de la Junta de Gobierno que se nos ha comunicado, dice que “la duración del mandato de los miembros del Consejo de Administración será la de cuatro años, pudiendo ser relevados del citado Consejo por acuerdo de la Junta General”. Sin embargo, lo que textualmente aparece en el artículo 15 de los Estatutos de la Sociedad es lo siguiente: “Los miembros del Consejo de Administración serán designados por un período máximo de cuatro años. Los que ostenten la condición de concejales del Ayuntamiento de Orihuela cesarán en el momento que pierdan dicha condición o pasen a distinto grupo político de aquél por el que fueron elegidos”.

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