El Ministerio de Sanidad impone su uso tanto en espacios cerrados como en la calle cuando no se pueda garantizar la distancia interpersonal mínima de dos metros
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publico ayer la orden del Ministerio de Sanidad que hace obligatorio el uso de mascarilla entre la población en espacios públicos, incluida la calle, siempre que no sea posible mantener la distancia de seguridad de dos metros. Una orden que entra en vigor mañana, jueves 21 de mayo, y cuya aplicación estará vigente mientras dure la situación de estado de alarma y sus prórrogas.
Esta orden, que regula las condiciones del uso obligatorio de mascarilla durante la crisis sanitaria generada por el coronavirus, exime de su uso a los menores de seis años. A partir de esta edad, los niños también deberán llevarla.
Junto a estos menores, quedan también eximidos del uso de mascarilla:
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Personas con dificultad respiratoria que se pueda ver agravada por su uso.
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Cuando esté contraindicada por motivos de salud justificados.
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Dependientes o discapacitados con alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.
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En actividades que, por su propia naturaleza, sea incompatible.
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Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
La orden del Ministerio, que recoge el BOE, establece que a partir de este jueves es obligatorio el uso de mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre, y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público “siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros”.
También recoge la orden que deben ser mascarillas que cubran nariz y boca, y da preferencia a dos tipos: higiénicas y quirúrgicas. Estas son las recomendadas en personas sanas o personas contagiadas o con síntomas.
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