Eduardo Dolón propone modificar de las Bases Reguladoras y Convocatorias de Ayudas Individuales a Estudiantes para Transporte Escolar del curso 2015/2016
Ciento veinticinco mil euros es aproximadamente el montante de la línea de crédito que el Ayuntamiento pondrá a disposición de las Concejalía de Bienestar Social para que las familias con dificultades para hacer frente al pago del transporte escolar puedan acceder a este servicio gestionado por las AMPAS.
El concejal de Educación, José Hurtado (LV) – acompañado del alcalde de Torrevieja, José Manuel Dolón (LV) y la concejala de Bienestar Social, África Celdrán (PSOE)- ha sido quien ha informado en la mañana de hoy sobre la ampliación de las condiciones para que sean más las familias que puedan quedar exentas del pago del transporte escolar gestionado por las AMPAS.
El planteamiento que ha hecho público Hurtado, con el que un número mayor de familias pasan a formar parte de la situación denominada “de emergencia social” y, en consecuencia, “no han de abonar el transporte” establece unas rentas por unidad familiar en relación a su declaración de IRPF de 2014 y en relación al número de hijos.
No tendrá que pagar el transporte escolar una familia con un salario bruto mensual de 1.065 euros que tengan entre uno y tres hijos, ni tampoco aquella unidad familiar que tenga un salario bruto mensual de 1.597 euros y cuatro hijos o más. En términos de salario bruto anual para el primer caso se trata de familias que hayan ingresado un máximo de 14.910’28 euros y en el segundo un máximo de 22.365’42. Con esta medida se “va a aliviar a esas familias que están muy preocupadas por el pago del autobús” manifestó el edil.
Competencias impropias
Hurtado ha recordado que el Ayuntamiento no tiene competencia en materia de trasporte escolar, esta es exclusiva de la Generalitat. El edil además ha asegurado que se está intentando confundir a los padres con información manipulada de forma interesada al hablar de “subvención” cuando en realidad se trata de Ayudas Individuales, o aseverando que el Ayuntamiento adelantaba el pago del autobús, lo ue ha calificado como “la trola del siglo”, A lo que ha añadido que era “el transportista quien estaba trabajando gratis” ya que “el ayuntamiento no ha soltado un euro por adelantado, aunque quisiera no puede sólo puede ayudar a las personas de forma individual”.
Además, ha cuestionado el modo en el que el Partido Popular está exigiendo al Gobierno que “demuestre que el sistema que se estaba aplicando hasta la fecha no es legal”. Sobre el particular el edil ha enfatizado que “de momento” solamente quería plantear una pregunta “Si se demostrara que no se les ha dado a los niños que les corresponde las ayudas que les corresponden ¿sería ilegal?
Por su parte el Partido Popular ha presentado hoy una moción en la que se solicita modificar el Art. 5 de las Bases Reguladoras y Convocatorias de Ayudas Individuales a Estudiantes para Transporte Escolar del curso 2015/2016, incorporando entre los requisitos específicos un 4º punto: “En caso de ser una entidad promotora y gestora del transporte escolar, como persona jurídica, de acuerdo con lo establecido en el art. 11. 2 de la Ley General de Subvenciones, previa acreditación de esta condición de entidad organizadora y/o gestora del transporte, podrá solicitar el pago anticipado de las citadas ayudas de acuerdo con el Art. 15.2 de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Torrevieja y del Art. 34 Cap. V de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones. Sobre esta cuestión José Hurtado ha afirmado a DIARIO DE LA VEGA que pedirá un informe a la Secretaria y a la Interventora para conocer la viabilidad de la propuesta de los populares. Aunque a día de hoy y con las bases tal y como están redactadas es incierto que se puedan abonar las ayudas antes de que se realice el gasto efectivo.
Incumplimientos
Por otra parte José Manuel Dolón, ha asegurado que las bases no se han cumplido. ¿Alguien se puede creer que todos los usuarios pagaran lo mismo 15 euros o 25, cuando había que estudiar cada caso con todos esos requisitos”?. Ha cuestionado que todas las familias hayan pagado la misma cantidad cuando sus circunstancias son distintas. También ha citado a familias que, a pesar de estar en emergencia social tuvieron que pagar esas cantidades cuando en realidad “estaban exentos” y ha explicado los requisitos que se reflejan en las bases de estas ayudas que establecen un baremo en función del número de hijos, de la renta per cápita, de la existencia de una minusvalía o por la condición de parados de los padres.
Falta de ideas
Por su parte Eduardo Dolón (PP) ha manifestado que “Ante la falta de ideas y soluciones por parte del Pentapartito fruto de su incapacidad, ineficacia y escasa voluntad de solucionar un problema que han generado ellos mismos, el Partido Popular les brinda la oportunidad a través de esta moción de aprobarla por Junta de Gobierno Local y demostrar que están al lado de las familias, así como que no subyace ningún otro interés político como algunas fuentes indican”. El portavoz popular además incide en que al respecto de la imposibilidad del pago anticipado de las subvenciones y ayudas que viene recogido tanto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, en su Cap. V Art. 34 Procedimiento de aprobación del gasto y pago, en su apartado 4. Igualmente está recogido en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Torrevieja, que en su Art. 15.2.por lo que deja entrever que la posición del equipo de Gobierno responde más a una falta de voluntad política que a un cumplimiento estricto de la legalidad. Estos supuesto, según los populares, permitirían adelantar el importe por lo que plantea modificar el Art. 5 de las Bases Reguladoras y Convocatorias de Ayudas Individuales a Estudiantes para Transporte Escolar del curso 2015/2016, incorporando entre los requisitos específicos un 4º punto: “En caso de ser una entidad promotora y gestora del transporte escolar, como persona jurídica, de acuerdo con lo establecido en el art. 11. 2 de la Ley General de Subvenciones, previa acreditación de esta condición de entidad organizadora y/o gestora del transporte, podrá solicitar el pago anticipado de las citadas ayudas de acuerdo con el Art. 15.2 de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Torrevieja y del Art. 34 Cap. V de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones. Juristas consultados por DIARIO DE LA VEGA han pexplicado que en este caso la solución planteada por el Partido Popular tiene dificl encaje.
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