La sentencia confirma que Ismael Ballester no vulneró el honor de la Asociación cristiana a la que calificó de «extrema derecha» y «antidemocrática»
El Juzgado de Primera Instancia de Valladolid ha desestimado la demanda interpuesta contra el edil de Izquierda Unida en Callosa de Segura, Ismael Ballester, por vulneración del derecho al honor de la Asociación Abogados Cristianos.
La Asociación interpuso esta denuncia tras unas declaraciones efectuadas por Ballester en el trascurso de una rueda de prensa en la que calificó a la plataforma como “antidemocrática”, “de extrema derecha” y dijo que “está en contra de los derechos de la mujer y del colectivo LGTBI”. Unas declaraciones efectuadas el día en el que se retiró la Cruz de los Caídos de la Plaza de España por las que el concejal de Izquierda Unida se tuvo que sentar el pasado lunes en el banquillo de los juzgados de Valladolid.
Hoy se ha conocido la sentencia que ha sido favorable para Ballester, según han comunicado desde el Ayuntamiento de Callosa, puesto que desestima la demanda interpuesta por la Asociación Abogados Cristianos.
El juez considera en el fallo que “si bien en principio algunas de las expresiones que refiere la asociación -limitándonos únicamente a aquellas dirigidas a esta -, sacadas de su contexto pueden resultar molestas, ofensivas o hirientes, aunque sería muy cuestionable que puedan calificarse de “indudablemente injuriosas” para considerar que suponen una verdadera vulneración del derecho al honor, sin embargo resulta evidente que en el contexto y circunstancias en que se producen no lo son”.
“Ello es así porque son declaraciones en una rueda de prensa, precedida de un enfrentamiento por la retirada de la Cruz de los Caídos situada en la Plaza de España de Callosa de Segura, acordada por el Ayuntamiento de la localidad, al amparo de la Ley de Memoria Histórica, a lo que se oponían algunos ciudadanos, que constituyeron una plataforma para oponerse o impedir su retirada, y a raíz de la defensa de la asociación de referida plataforma, y que constituyen por su propio contenido una crítica que tiene perfecta cabida dentro del derecho de la libertad de expresión, y están relacionadas con las ideas, opiniones e información que pretendía dar el demandado, como Teniente Alcalde, en la rueda de prensa convocada al efecto”, recoge la sentencia.
También señala que “en este contexto expresa el demandado un juicio de valor sobre las conductas y posiciones contrarias a la retirada de la Cruz, y con ello a un acuerdo adoptado democráticamente por el Ayuntamiento, motivo por el que calificó de antidemocrática a la Plataforma y/o Asociación actora, como manifestó en el acto de la Vista, y así debe entenderse en el contexto en que se produce. Lo mismo ocurre con la alusión a “rancio”, que es una forma de criticar a aquellas conductas o posiciones contrarias a lo que gran parte de la sociedad considera ideas actuales o derechos reconocidos. En el mismo sentido la expresión “retroceder hacia atrás”, y la de denigrar los valores de libertad sobre las mujeres, sobre los derechos LGTBI…”, empleadas por el demandado de acuerdo con sus propias posiciones sociales o políticas, contrarias evidentemente a las que defiende la Asociación actora».
Ballester, en sus declaraciones tras recibir la noticia se muestra contento y convencido de que habría justicia. En estos momentos, desea que “esto acabe para seguir con mi trabajo que merece todo mi esfuerzo”. También agradece los apoyos y respaldo recibido durante estas últimas semanas.
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