El Tribunal Superior rechaza esta práctica por entender que existe riesgo para el lanzador de pichón y autoriza el tiro al plato y a codorniz
El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso interpuesto el Club de Cazadores de Orihuela contra la denegación del permiso paras la práctica de la modalidad de ‘paloma a brazo’ en el campo de tiro ubicado en la finca Cabezo Cueva del Saltador.
De esta forma, la resolución confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que avaló la resolución de la Guardia Civil que autorizaba el tiro al plato y a codorniz lanzada a máquina, pero denegaba por falta de medidas de seguridad el tipo a paloma a brazo, por entender que había algún riesgo para el lanzador del pcihón.
Además se imponen las costas con hasta un máximo de 4.000 euros al Club de Cazadores de Orihuela.
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