La Generalitat cede el espacio ‘Ahogadero de la Seda’ al Ayuntamiento de Orihuela

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El inmueble, situado en el barrio de San Antón, se destina a actividades formativas para la promoción del empleo en la localidad

El Pleno del Consell ha aceptado la cesión gratuita de la titularidad del conocido como «Ahogradero Secante del Gusano de la Seda» al Ayuntamiento de Orihuela, tal y como establece el convenio de colaboración entre la Generalitat y el consistorio, aprobado por Pleno del Consell de 27 de octubre de 2017, para impulsar la regularización patrimonial de diferentes inmuebles situados en la localidad alicantina.

El inmueble, situado en la calle Palmeral número 35 de Orihuela, se destinará a actividades formativas para la promoción del empleo en la localidad, una vez que se realicen los trabajos y proyectos pertinentes de adecuación y durante todo el tiempo de cesión.

La Generalitat adquirió este inmueble mediante Real Decreto 3578/1983 de 28 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunitat Valenciana en materia de investigación agraria y, desde 1995 había cedido el uso gratuito al Ayuntamiento de Orihuela para destinarlo a equipamientos sociales. Esta cesión fue ampliada por acuerdo del Consell en 2011 por un plazo de diez años adicionales.

La finca figura en el Catastro de Bienes de Naturaleza Urbana a nombre de la Generalitat con dos referencias: la primera de ellas con una superficie de 2.096m2 y 814 m2 construidos y una segunda con una superficie gráfica de 470m2 y construida de 306m2.

De esta forma, la cesión implica que el Ayuntamiento debe cumplir con todas las obligaciones inherentes al derecho de propiedad como la inscripción a su nombre del inmueble en el Registro de la Propiedad y el Catastro y efectuar la declaración de obra nueva, en su caso, de las edificaciones existentes en el mismo, de forma que coincidan las superficies registrales y catastrales con la realidad.

La Generalitat, además, podrá solicitar el uso puntual y gratuito de las dependencias del inmueble para la celebración de actos o acontecimientos organizados por ésta y sus organismos.

En caso de incumplimiento de las condiciones de la cesión o si los bienes cedidos no se destinasen al uso previsto, se entenderá resuelta automáticamente la misma, revirtiendo el inmueble a la Generalitat con todas las mejoras que se hayan realizado y sin derecho a indemnización alguna para el cesionario.

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