La Diputación recurre el auto del Supremo que niega la suspensión cautelar del recorte del Tajo-Segura por los perjuicios que supone para la provincia

Publicidad

La institución insiste en la urgencia y la necesidad de la medida cautelar para evitar los daños económicos y medioambientales que el incremento de 1 m3/s ya está produciendo

La Diputación de Alicante ha presentado el recurso de reposición contra el auto del 24 de julio del 2023 del Tribunal Supremo que rechazó la suspensión cautelar del incremento del caudal ecológico del Tajo solicitada por la institución provincial por los perjuicios económicos, sociales y medioambientales que esta decisión del Gobierno central está teniendo sobre los intereses de la provincia de Alicante.

En el escrito interpuesto por los Servicios Jurídicos provinciales ante la misma sala de lo Contencioso-Administrativo que dictó el auto (Sala Tercera), se argumenta que esta decisión judicial «vulnera la labor ponderadora que debe realizar el tribunal para dilucidar la adopción de medidas cautelares» y apunta, en este sentido, que la solicitud de cautelares respondía a una razón de indudable urgencia y no causaba un daño correlativo en la cuenca cedente.

El presidente de la Diputación, Toni Pérez, ha apuntado que «aunque somos conscientes de que es muy difícil que este recurso prospere, desde la Diputación de Alicante vamos a agotar todas las vías posibles y no vamos a escatimar ningún esfuerzo para defender los intereses de la provincia de Alicante que, entre otras cosas, pasan por el mantenimiento del trasvase Tajo-Segura que es vital para esta tierra y para su futuro».

En opinión de la Diputación de Alicante, y así se recoge en el recurso, el auto impugnado se apoya en una serie de razonamientos que se consideran contrarios a derecho y que vulneran la propia jurisprudencia del Supremo.

En este sentido, se recuerda que la suspensión cautelar solicitada no condiciona la eficacia de la norma en el sector que se aplica puesto que solo afecta a la inmediata entrada en vigor del incremento de caudales ecológicos de 6 a 7 m3/s. «La medida cautelar en modo alguno afecta ni condiciona al resto de regulaciones de las distintas demarcaciones geográficas contenidas en el Real Decreto y tampoco impide la fijación de caudales ecológicos, sino que simplemente discute que se haya determinado en un caudal, a nuestro juicio, a todas luces excesivo, injustificado y que provoca perjuicios notables en la cuenca receptora», recoge el escrito de apelación.

Se argumenta en este punto, además, que ha quedado acreditado mediante numerosos informes técnicos que no hay una justificación mínimamente solvente que avale la cantidad fijada para el incremento del caudal ecológico, mientras que el daño para la cuenca receptora resultaba palmario y de gran alcance.

Al respecto, los citados informes apuntan que la elevación de 1m/s del caudal ecológico del Tajo se traduce en 28 hm3/año de merma en destino, provocando pérdidas de más de 2.400 empleos y de más de 84 millones de euros.

Finalmente, en esa línea, el recurso de reposición incide en que estos perjuicios, dado su diversa y amplia proyección socioeconómica y medioambiental, no son fácilmente reparables, de tal modo que la no adopción de la suspensión cautelar dificulta de manera notable la efectividad del fallo. «Todo ello en tanto en cuanto las medidas reparadoras o compensadoras previstas en el Real Decreto, amén de su incierta aplicación, se dilatarían en el tiempo por la propia tramitación administrativa, haciéndolas ineficaces», ha advertido el Presidente.

Por su parte, la vicepresidenta primera y diputada de Ciclo Hídrico, Ana Serna, ha vuelto a criticar la posición «totalmente arbitraria y sesgada que el Gobierno de Pedro Sánchez ha demostrado a lo largo de estos últimos años en relación con el trasvase Tajo-Segura, condenando a muerte una infraestructura que garantiza la supervivencia de miles de familias alicantinas».

 

Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo no será publicada.


*