La resolución alude al carácter esencial de la agricultura para asegurar el abastecimiento de la población y al riesgo fitosanitario asociado a los restos agrícolas
La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, a través de la Dirección General de Prevención de Incendios, ha decidido levantar parcialmente la prohibición de las quemas agrícolas a partir del próximo 21 de abril.
Las sucesivas prórrogas del estado de alarma hacen necesario limitar la prohibición ante el riesgo fitosanitario que implica no eliminar los restos agrícolas.
La agricultura es una actividad esencial para asegurar el abastecimiento alimentario de la población y la gestión de los restos agrícolas es una de las necesarias tareas asociadas para su correcto desarrollo.
El director general de Prevención de Incendios, Diego Marín, ha explicado que las condiciones establecidas tienen como objetivo permitir el mantenimiento de las tareas de gestión agrícola con todas las garantías. Ha apelado, asimismo, al cumplimiento estricto de las precauciones y a la gestión responsable de los restos vegetales, optando en la medida de lo posible por alternativas al fuego como el triturado.
La resolución, publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, mantiene la suspensión en los terrenos de los parques naturales de la Serra d’Irta, Desert de les Palmes, Serra d’Espadà, Serra Calderona, Carrascar de la Font Roja y Serra Mariola, así como en los terrenos forestales, en los colindantes o que se encuentren a menos de 500 metros, hasta el próximo 16 de octubre.
Las condiciones para las quemas, que abarcan el periodo comprendido entre el 21 de abril y el 31 de mayo, incluyen especificaciones relativas al día, la hora, al nivel de emergencia o al pronóstico meteorológico.
En este sentido, solo podrán autorizarse la quema de restos vegetales de lunes a viernes, y siempre que el nivel de preemergencia por riesgo de incendios sea el más bajo de la escala. Las condiciones recogidas en la resolución son de obligado cumplimiento y prevalecen sobre lo establecido en los planes locales de quemas o en las autorizaciones nominativas.
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