Entre quienes se sentarán en el banquillo se encuentran un alto cargo de la Conselleria de Sanidad y un asesor de la Diputación
La Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede Elche ha señalado la celebración de juicio oral a todo el Grupo Municipal del PSOE de Benejúzar, el próximo día 22 de septiembre de 2021, por delito electoral.
Entre los cinco ediles que se sentarán en el banquillo, se encuentra el portavoz del PSOE local, que es Secretario de Organización comarcal y asesor en Diputación, así como un alto cargo de la Consellería de Sanidad; además de tres personas que figuraban en la lista electoral del PSOE en las pasadas elecciones municipales.
En abril de 2015, en precampaña electoral, el PP de Alicante denunció ante la Junta Electoral de Zona (JEZ) de Orihuela el “buzoneo de publicidad y propaganda electoral” en la noche del 28 de abril, donde al parecer se pedía el voto por parte del PSOE benejucense. La denuncia recordaba que la campaña para los comicios del 24 de mayo no comenzaba hasta el día 7 de ese mes, por lo que estaba prohibido pedir el voto expresamente antes de esa fecha.
La denuncia fue registrada por el PP al detectar que se estaba repartiendo propaganda electoral en la que se pedía el voto para los socialistas antes de lo que permite la Ley. Los populares aseguraron que “el candidato a la Alcaldía por el PSOE, junto a miembros de su candidatura, distribuyó folletos publicitarios (pidiendo el voto: “Os pido vuestra confianza para abrir un nuevo tiempo en Benejúzar. Lo hicimos y lo volveremos a hacer. Cuento Contigo” en todos los buzones del municipio. El reparto de dicha publicidad se realizó de forma masiva por el suelo de edificaciones privadas o por la vía pública, incluso en el parabrisas del coche patrulla de la Policía Local, contraviniendo flagrantemente e incumpliendo la normativa”.
En abril de 2016 la titular del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Orihuela dictó un auto de apertura de juicio oral contra todos los concejales del grupo socialista de Benejúzar al considerar que existían indicios suficientes de la comisión de delito electoral. Los afectados por esta causa recurrieron el auto en la Audiencia, decidiendo finalmente que se sienten en el banquillo para ser juzgados.
En su auto la magistrada estima que los hechos son “indiciariamente constitutivos de delito electoral y que existen indicios racionales de criminalidad”. Por estos hechos el Ministerio Fiscal pide una pena de 15 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo.
Este señalamiento de juicio oral pone de manifiesto unos indicios graves de delito electoral por parte del grupo socialista en Benejúzar. Es todo un grupo político municipal el que se sentará en el banquillo de los acusados.
El PSPV debe valorar si procede tener en listas electorales candidatos investigados y procesados pendientes de juicio, a quienes el Ministerio Fiscal pide inhabilitación para ejercicio de sufragio pasivo, es decir, para ser elegidos.
El PSOE cometerá un grave error si consiente una candidatura de estas características. Benejúzar no pude ni debe estar así representada y ellos serán responsables.
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