Intervenidos más de 118.000 productos de alimentación y cosmética en las provincias de Alicante, Murcia, Almería y Albacete

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Se han realizado 16 inspecciones en varios establecimientos de una conocida cadena de supermercados

Efectivos de los Destacamentos de Fiscal y de Fronteras de la Guardia Civil de las comandancias de Albacete, Alicante, Almería y Murcia, han inmovilizado un total de 118.000 productos de alimentación y cosméticos listos para su venta que carecían del etiquetado en castellano.

Actuaciones

Dentro de los cometidos propios de su especialidad, componentes del Destacamento Fiscal y de Fronteras de la Comandancia de Albacete, localizaron en una conocida cadena de supermercados, productos de alimentación y cosmética, a disposición del público, incumpliendo la normativa reguladora sobre etiquetado.

Estos hechos fueron puestos en conocimiento de la Unidad Central de Análisis e Investigación Fiscal y Fronteras (UCAIFF), la cual realizó un análisis de la información aportada por los destacamentos implicados, lo que dio lugar a una actuación coordinada en la que intervinieron unidades fiscales de varias provincias.

Inspecciones en las provincias de Albacete, Alicante, Almería y Murcia

Como resultado de las 16 inspecciones llevadas a cabo en distintos los establecimientos de la cadena de supermercados de las provincias de Albacete, Alicante, Almería y Murcia, los agentes de la Guardia Civil inmovilizaron un total de

118.000 productos, tanto de cosmética como de alimentación, de diferentes marcas comerciales, todos ellos listos para su venta directa al público.

Por estos hechos se elaboraron un total de 32 propuestas de sanción a la empresa propietaria de la cadena de supermercados por incumplir los preceptos legales establecidos en las citadas normas, siendo remitidas a las respectivas Delegaciones Provinciales de Sanidad y Consumo de cada una de las provincias afectadas.

Normativa que regula el etiquetado en productos cosméticos y de alimentación

El Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, en su artículo 6, dedicado a la lengua del etiquetado y del expediente de información, recoge que “deberá figurar en idioma español la información del etiquetado” de los productos cosméticos que se custodien en territorio español.

De igual forma, el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, en su artículo 18 que dice textualmente “las indicaciones obligatorias del etiquetado de los productos alimenticios que se comercialicen en España se expresarán, al menos, en la lengua española oficial del Estado”.

La importancia de esta normativa radica, entre otras, en que los consumidores deben poder ser conocedores en todo momento, de forma clara y comprensible del contenido de los productos que adquieren, a fin de evitar entre otros, posibles problemas sanitarios tales como intoxicaciones y reacciones alérgicas derivadas de su uso o consumo.

Depósito del material intervenido

En principio, los productos precintados e inmovilizados no comportan riesgo o efectos nocivos para la salud, quedando depositados, de forma cautelar, en los almacenes de los propios establecimientos y a disposición del servicio de Salud Pública.

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