El empresario acusa a Nerea Cavero de «prevaricación judicial», cometida al parecer en marco del juicio oral celebrado en marzo sobre varios delitos contra la Hacienda Pública
El empresario oriolano Ángel Fenoll, a través de su abogado José Celestino, ha interpuesto una querella contra la magistrada y titular del Juzgado de Lo Penal nº 3 de Orihuela, Nerea Cavero, por presunta “prevaricación judicial” cometida, al parecer, en el marco del juicio oral en el que fue condenado a 35 años y medio de prisión por once delitos contra la Hacienda Pública, y un delito continuado de falsedad documental.
Esta querella, presentada en el día de ayer, pretende “someter” al conocimiento de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana –competente por razón del aforamiento de la magistrada- si “prevaricó en el ejercicio de su función con el dictado de la sentencia –no firme- y otras resoluciones judiciales posteriores”.
En este sentido, insta al Alto Tribunal a determinar si dicha sentencia y resoluciones, resultan “flagrantes, clamorosas, claras y manifiestamente contrarias a la Ley, esperpénticas hasta el punto de que su antijuricidad pueda ser apreciada por cualquier lego en Derecho”.
Precisamente el Juzgado de Lo Penal nº 3 de Orihuela y su titular, Nerea Cavero, condenó a finales de julio al empresario oriolano a 35 años y medios de prisión por los delitos contra la Hacienda Pública. Los mismos por los que han sido condenadas otras catorce personas -tres quedaron absueltas-, entre ellos el exconcejal del PP de Albatera, Francisco Javier Bru, a penas de cárcel que oscilan entre los cinco y los dos años y medio.
Fenoll, imputado también en el caso Brugal, y estas 14 personas fueron juzgadas el pasado mes de marzo por delitos a la Hacienda pública y por cooperación necesaria en la comisión de un delito continuado de falsedad documental cometido durante los años 2002, 2003 y 2004.
Entre otras circunstancias, el documento presentado por el empresario oriolano habla de la imposición de penas de multa a diez de los condenados por los delitos contra la Hacienda Pública “sin concretarla, contraviniendo clamorosamente las más elementales reglas y principios del proceso penal”.
Querella
Así, la querella se refiere también a la condena a una de las empresas implicadas por un delito contra la Hacienda Pública, relativo al IVA del ejercicio 2002, “a pesar de que la inspectora de Hacienda que intervino como perito en el juicio corrigió su informe policial, aclarando que no había practicado correctamente a la liquidación del IVA y, en ningún caso, se superaba la cuota mínima de 120.000 euros prevista en el Código Penal para que el hecho fuese delictivo”.
Igualmente, a juicio de Fenoll, el “apartamiento por la juez del criterio de la inspectora de Hacienda, se hace en base a argumentos que demuestran una imprudencia grave, por la desatención patente durante la práctica de la prueba, o una ignorancia inexclusable respecto de la dinámica liquidatoria del IVA”.
Un hecho “inaceptable respecto de un juez que precisamente conoce de una causa por delitos contra la Hacienda Pública”, añade.
Por último, asegura que la juez “deja sin efecto sus propias resoluciones de forma completamente improcedente, sin causa para ello y sin mediación de recurso alguno”, dado que señala actos procesales durante el mes de agosto, “siendo inhábil y asumiendo de forma acrítica e infundada las solicitudes del Ministerio Fiscal”.
“Demuestra indiciariamente falta de independencia e imparcialidad en el ejercicio de su función jurisdiccional”, concluye.
A partir de ahora, será el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) el que decida sobre la admisión a trámite de esta querella.
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