Tras la aprobación plenaria de la ordenanza en la que se recogen los beneficios fiscales el equipo de Gobierno presenta una ampliación acordada con asociaciones de familias numerosas
El Portavoz del Equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Torrevieja, Joaquín Albaladejo Martínez, ha presentado para su tramitación en Pleno una solicitud para que sea admitida, como sugerencia o reclamación, la ampliación de la cobertura de la bonificación subiendo los límites de los valores catastrales que contempla el actual artículo 5 de la Ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 12 de noviembre de 2014, que dando del siguiente modo:
-Límite del valor catastral para las familias numerosas de categoría general (3 ó 4 hijos) 90.000 euros.
-Límite del valor catastral para las familias numerosas categoría especial (5 ó más) 110.000 euros.
Joaquín Albaladejo informa que, en sesión plenaria celebrada el 31 de octubre del presente año, el Ayuntamiento de Torrevieja adoptó acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en el sentido de aumentar el porcentaje de la bonificación establecida para familias numerosas; el 60 por ciento para las de categoría general y el 85 por ciento para los de categoría especial.
Asimismo, mediante Edicto, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 12 de noviembre de 2014, se abrió el período de exposición por treinta días, dentro de los cuales los interesados pueden, con arreglo a lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, presentar las sugerencias o reclamaciones que estimen oportunas. El Portavoz del Equipo de Gobierno informa que, tras diferentes conversaciones mantenidas con el presidente de la Asociación Alicantina de Familias Numerosas (ASFAN), Benito Zuazu, y de su delegado en Torrevieja, Òscar Urtasun, el Ayuntamiento de Torrevieja considera conveniente, sugerir o reclamar la alteración del límite de los valores catastrales que contempla el vigente Artículo 5 de la Ordenanza del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) vigente. De tal modo, el límite del valor catastral para las familias numerosas de categoría general pasara de 80.000 a 90.000 euros, y las familias numerosas de categoría especial verán modificado el límite del valor de 100.000 euros a la cantidad final de 110.000 euros. Y todo ello busca, tras el consenso alcanzado con los representantes provinciales y el representante local de la asociación, la pretensión de duplicar el alcance del beneficio a los núcleos familiares que tengan 3 o más hijos y sean residentes en nuestro municipio.
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