Las ayudas se gestionarán a través de los ayuntamientos y mancomunidades
El Pleno del Consell ha aprobado un decreto que establece la concesión de ayudas, por valor de cinco millones de euros, a entidades locales para que faciliten una solución habitacional inmediata a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, sin hogar y colectivos especialmente vulnerables afectados, directa o indirectamente, por la pandemia de la COVID-19 dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
El impacto que está teniendo esta situación de excepcionalidad obliga a que las administraciones públicas adopten, con la máxima celeridad, medidas que tiendan a paliar los efectos que están sufriendo los ciudadanos.
El decreto indica que las entidades locales, a través de los servicios sociales de ayuntamientos y mancomunidades, serán las encargadas de gestionar las ayudas y asumirán la responsabilidad de dotar de un alojamiento o una solución habitacional a las personas incluidas en alguno de estos colectivos.
La cuantía total de la ayuda se desglosa en dos conceptos: a) hasta un 10% del importe total para poner a disposición de las personas incluidas en los colectivos vulnerables un alojamiento o solución habitacional inmediata; b) hasta un 90% del importe total para la concesión de ayudas directas para el pago del alquiler de la vivienda habitual, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias.
La cuantía de la ayuda podrá ser, por un lado, de hasta 600 euros al mes y hasta el 100% de la renta o precio de ocupación del inmueble. En casos debidamente justificados, podrá alcanzar hasta 900 euros mensuales. Por otro lado, podrá alcanzar los 200 euros al mes para atender los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos con el límite del 100% de los mismos.
Las ayudas se conceden por plazo de un año, prorrogable, en su caso, anualmente, hasta alcanzar el límite de cinco años, siempre que se mantengan las condiciones que determinaron su otorgamiento y exista consignación presupuestaria.
Además, se conceden en régimen de concesión directa, con la sola acreditación de la condición de víctima de violencia de género, del desahucio o lanzamiento, inminente o ya realizado de la vivienda habitual, de ser persona sin hogar o especialmente vulnerable.
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