El objetivo es extender al personal de Emergencias las medidas extraordinarias aplicadas a los recursos sanitarios
El Pleno del Consell ha aprobado un decreto en el que se disponen medidas extraordinarias que se aplicarán a los servicios esenciales de intervención involucrados en la gestión de la emergencia causada por la pandemia por coronavirus Covid-19.
Estas medidas afectarán, en concreto, al personal del teléfono de Emergencias 112 Comunitat Valenciana; personal técnico de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias; el servicio de bomberos forestales de la Generalitat; personal técnico de Prevención de Incendios Forestales y agentes forestales, es decir, a todo el personal que tiene consideración de Servicio Esencial de Intervención en los términos establecidos en la Ley 13/210, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.
El objetivo de la norma es garantizar la operatividad del Plan Territorial de Emergencias de la Comunitat Valenciana (PTECV) y extender las medidas adoptadas para los recursos sanitarios a los servicios esenciales de emergencia contemplados en la citada ley.
Las medidas recogidas en el decreto se aplicarán durante el periodo de tiempo que se mantenga activado el PTECV en situación 2 o superior, para gestionar las necesidades derivadas de la evolución de la pandemia, y contemplan, entre otras, que el personal realice funciones diferentes a su puesto, categoría o especialidad, para contribuir en la asistencia o cobertura directa o indirecta de la presente contingencia por la pandemia de coronavirus.
El decreto también recoge otras medidas referidas a la jornada de trabajo y descanso del personal, permisos, licencias y vacaciones, así como reducciones de jornadas, que se ven alteradas en función de las necesidades de evolución de la emergencia. El decreto indica que el personal que, por sus condiciones de salud sea considerado vulnerable, queda excluido de estas medidas.
Por último, en el decreto también se hace mención a las medidas dirigidas a recuperar personal en situación de segunda actividad, que podrá solicitar su reincorporación voluntaria al servicio activo, y la autorización de realizar contratos de emergencia que resulten imprescindibles para la adecuada gestión de las necesidades de la población de la Comunitat Valenciana.
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